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martes, 12 de junio de 2012

CANCELACION DE REGISTROS SANITARIOS DE METOCLOPRAMIDA EN PANAMÁ

Gaceta Oficial de Panamá Nº 27050-D  Miércoles 6 de Junio 2012,  Resolución  Nº 180 del 3 de Mayo 2012

Dentro de un procedimiento europeo en la evaluación del uso de la metoclopramida en la población pediátrica, ha concluido que:
·         El aclaramiento de la metoclopramida tiende a disminuir en recién nacidos, por lo que la eliminación del fármaco es más lenta en esta población.
·         El riesgo de reacciones extrapiramidales  es mayor en niños menores de un año en comparación con niños adolescentes de edades entre 1 a 18 años.
·         El riesgo de reacciones extrapiramidales  es mayor en niños y adolescentes  en edades comprendidas entre 1 a 18 años en comparación con los adultos.
Al Ministerio de Salud de Panamá le corresponde velar por la calidad, seguridad y eficacia de los productos farmacéuticos que se comercializan en el territorio nacional, por lo tanto se resuelve:
Artículo primero: cancelar los registros sanitarios de todas las formulaciones pediátricas o de uso exclusivo para menores de 18 años que contengan metoclopramida y se ordena el retiro inmediato  del  mercado.
Artículo segundo: Ordenar a los laboratorios fabricantes de los mismos, adicionar en la monografía, inserto y etiquetado la siguiente información:
·         Para las formas  farmacéuticas indicadas para adultos( mayores de 18 años), Metoclopramida en comprimidos de 10 mg y en solución inyectable de 10mg/2ml
Se ordena un cambio en el etiquetado así: contraindicado en menores de 18 años
·         Para la forma farmacéutica de uso exclusivo para adulto en solución bebible al 0.1%
Se ordena variaciones en diferentes secciones, entre ellas las indicaciones, posología, modo de administración y contraindicaciones así:
1.       Indicaciones terapéuiticas:     agregar  RESERVADO AL ADULTO
2.       Posología y modo de administración:  : agregar  RESERVADO AL ADULTO
  Se debe evitar una duración de tratamiento mayor de 3 meses
3.       Contraindicaciones así:  contraindicado en mayores de 18 años
·         Artículo tercero:  esta medida aplica tanto para los productos de marca como a genéricos que contengan principio activo metoclopramida.
·         Artículo cuarto: se otorga un plazo de 6 meses para la adecuación de las modificaciones .
·         Artículo quinto:  esta resolución rige a partir de su publicación
·          
Publíquese y cúmplase
Lic.Eric Conte
Director  Nacional de Farmacias y Drogas
Panamá