El número del Registro Sanitario no se
modificará en caso, de:
1. Cambio en el nombre comercial del
producto.
2. Fusión de la empresa, siempre que
no cambie el país de origen o el lugar de
fabricación.
3. Nuevas indicaciones.
4. Cambio en el tipo de venta
autorizada.
5. Nuevas reacciones adversas.
6. Contraindicaciones y precauciones.
7. Cambio de colorante y/o saborisante
que no alteren el principio activo.
8. Cambio de etiqueta.
9. Cambio de envase, previo estudio de
estabilidad.
10. Cambio en el lugar de
acondicionamiento del empaque secundario.
11. Cambio de razón social del
laboratorio, siempre que no cambie el país de
origen o el lugar de fabricación.
NOTA. La autoridad sanitaria, por
conducto de la Dirección Nacional de
Farmacia y Drogas, queda facultada
para realizar los cambios que sean
necesarios, a fin de adecuarlos a los
convenios y acuerdos internacionales que
suscriba la República de Panamá.
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