Los laboratorios fabricantes
o sus representantes legales tendrán que presentar
evidencias de equivalencia
terapéutica para que se consideren intercambiables los
medicamentos que fabriquen,
importen, distribuyan o comercialicen, a efecto de
ser incluidos en la lista de
medicamentos intercambiables y que se adicione esta
información al Registro
Sanitario.
La equivalencia terapéutica
se determinará a través, de estudios apropiados,
como farmacodinámicos, de
bioequivalencia, clínicos o comparativos de perfiles
de disolución, dependiendo
del medicamento en cuestión.
La Autoridad de Salud
reglamentará y certificará lo relacionado con los
medicamentos
intercambiables.
LISTA DE MEDICAMENTOS INTERCAMBIABLES EN PANAMA
La Autoridad de Salud
elabora, actualiza y publica una lista con la
clasificación de productos
intercambiables, sobre la base de las evidencias de
equivalencias terapéuticas
presentadas a la Comisión Técnica Consultiva, que
será puesta a disposición de
médicos y farmacéuticos para su ejercicio
profesional.
CONTÁCTENOS.
MEDICAMENTOS GENÉRICOS EN INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SALUD EN PANAMÁ
Cuando se adquieran
medicamentos genéricos en instituciones públicas de salud,
éstos deben cumplir con los
criterios de intercambiabilidad establecidos en la Ley.
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